Pon el precio de venta y lo que pagaste por el piso: la página te dice cuánto te llevarás el día de la firma y cuánto te queda cuando todo está pagado. No necesitas dar ningún dato para ver el resultado.
Si no sabes todavía qué comisión cobrará la inmobiliaria, usamos el rango habitual del 3 % al 5 % más IVA del 21 %, y lo decimos: es lo que pactas con la agencia, no una tarifa oficial. Los impuestos sí salen de las normas vigentes, citadas abajo con la fecha en que las leímos.
Tus datos
Rango habitual, no tarifa oficial.
Tu resultado
Te queda, después de todo (rango con el 3 % y el 5 % de comisión)entre 227.251 € y 232.031 €
No hemos contado el certificado energético ni la cancelación de la hipoteca, salvo lo que tú hayas escrito.
Estimación con tus cifras. La ganancia se calcula como precio de venta menos tus gastos de venta (comisión y plusvalía) menos el valor de adquisición (precio y gastos de compra).
Es una estimación, no es asesoramiento fiscal ni legal. Las reglas tienen excepciones y cambian: confirma tu caso con un profesional antes de firmar.
Ya tiene una idea de las cifras: pida a agencias locales una valoración de su inmueble.
Describa su proyecto una vez: hasta 3 agencias inscritas en el registro oficial RAICV, de su zona, se ponen en contacto con usted. No se envía nada antes de confirmar su correo y puede retirarse en cualquier momento.
Gratis para usted
3 agencias como máximo
Inscritas en el RAICV
Se retira en un clic
Cómo se calcula
Ganancia patrimonial = precio de venta, menos la comisión de la agencia con su IVA y la plusvalía municipal, menos el valor de adquisición (lo que pagaste más los gastos de la compra). Si sale negativa, no hay impuesto sobre la venta.
Si resides en España, la ganancia tributa en la base del ahorro del IRPF: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 28 % por encima. Esa escala es la suma de la estatal (art. 66 de la Ley 35/2006) y la autonómica (art. 76); la Comunitat Valenciana no fija otra en su Ley 13/1997. Si tienes otras rentas del ahorro, el tramo real puede ser mayor.
Si no resides en España, la ganancia tributa al 19 % en el IRNR, seas de la Unión Europea o no: el 24 % es el tipo general de otras rentas, no el de las ventas de inmuebles. El comprador retiene el 3 % del precio y lo ingresa con el modelo 211; después tú presentas el modelo 210, descuentas esa retención y pagas la diferencia o te devuelven el exceso.
La comisión de la agencia lleva el 21 % de IVA, que es el tipo general. El porcentaje de la comisión no es una norma: es lo que firmas con la agencia.
Lo que este cálculo no incluye
La plusvalía municipal depende de la ordenanza de tu ayuntamiento: si ya sabes la cifra, escríbela y la restamos.
Los gastos de cancelar la hipoteca (notaría, registro, comisión del banco), el certificado energético y la cédula de habitabilidad.
Otras rentas del ahorro que tengas en el año, que pueden subir tu tramo.
La exención por vivienda habitual solo la damos por buena si tú la marcas: tiene requisitos que debe revisar un profesional.
Plazos que debes conocer
Plusvalía municipal: 30 días hábiles desde la venta (art. 110.2.a de la Ley de Haciendas Locales). Si vendes sin residir en España, el comprador es el sujeto pasivo sustituto.
No residentes: el comprador ingresa la retención con el modelo 211 en el plazo de un mes desde la venta, y tú presentas el modelo 210 en los tres meses siguientes a ese mes.
Residentes: la ganancia se declara en la declaración de la renta del año de la venta.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra una inmobiliaria por vender un piso?
No hay una tarifa oficial: la comisión es lo que pactas con la agencia. El rango habitual va del 3 % al 5 % del precio, más el 21 % de IVA. Pídela por escrito y compara.
¿Pago impuestos si vendo mi piso con pérdida?
No pagas impuesto sobre la ganancia si no hay ganancia. Sí puede haber otros costes, como la plusvalía municipal, que en algunos casos no se paga si el valor del suelo no ha subido.
Soy británico y vivo en el Reino Unido: ¿pago el 24 %?
No: la ganancia por vender un inmueble tributa al 19 % para cualquier no residente, según el texto refundido del IRNR y la propia Agencia Tributaria. El 24 % es el tipo general de otras rentas, como el alquiler.
¿Qué es la retención del 3 % si vendo siendo no residente?
Es un pago a cuenta del comprador a Hacienda: el 3 % del precio. No es el impuesto final: lo ajustas con el modelo 210, y si pagaste de más te devuelven la diferencia.
¿Puedo vender sin agencia?
Sí. Entonces no hay comisión, pero tendrás que preparar tú los papeles. Marca «Vendo sin agencia» para ver la diferencia.